Justicia injusta; caso Marisela Escobedo

Gerardo Martínez Ortega

JUSTICIA INJUSTA

Gerardo Martínez Ortega*
22/12/2010

Oaxaca, Oax. [staff] Más allá de lo ominoso que resulta ser el asesinato de la activista Marisela Escobedo Ortiz en Chihuahua, el caso permite hacer una serie de consideraciones acerca del nuevo sistema de justicia conocida técnicamente como “sistema acusatorio adversarial”, mejor dicho, los juicios orales, implementado en ese estado y en Oaxaca, entre otras entidades.

La hija de Marisela Escobedo, Rubí Marisol Fraire Escobedo fue asesinada brutalmente por su pareja Sergio Barraza Bocanegra, quien confesó sin estupor la forma en que la descuartizó, la quemó y arrojó sus restos a una marranera, incluso, presagiando una condena, pidió perdón a la madre de la víctima.

Sin embargo, al ser juzgado, de manera sorpresiva los tres jueces de juicio oral absolvieron en forma unánime a Sergio Barraza Bocanegra, lo que provocó que Marisela Escobedo Ortiz reaccionara gritando de impotencia y rabia. Este episodio marcó el inicio de una lucha para exigir justicia y logró que un tribunal de segunda instancia condenara a su yerno a 50 años de cárcel, que para entonces ya se encontraba prófugo. A pesar de que las autoridades sabían que había recibido amenazas de muerte, nunca se le brindó protección. La noche del jueves 19, fue asesinada de un balazo en la cabeza, irónicamente frente al Palacio de Justicia de Chihuahua.

¿Qué falló en el sistema de procuración y administración de justicia de Chihuahua? Tanto Chihuahua como Oaxaca adolecen de las mismas deficiencias. Ambos fueron de los primeros en implementar el nuevo sistema procesal penal acusatorio que es extremadamente garantista, incluso mucho antes de la reforma penal constitucional (2008) que instituye para toda la república un sistema justicia de corte acusatorio que deberá realizarse paulatinamente en un plazo de 8 años.

No obstante, el problema reside es que se modificó sólo el marco normativo, pero se dejó intacto al sistema de procuración de justicia y la maquinaria operadora que investiga y acusa sigue igual, siguen en sus puestos los mismos agentes investigadores y agentes del ministerio público que conocen una obsoleta forma de recolectar pruebas, procesarlas y presentarlas.

Cuando Sergio Barraza Bocanegra fue detenido, indicó el lugar donde había tirado el cadáver pero los agentes que lo acompañaron no se preocuparon en reunir evidencias escritas, video grabaciones, declaraciones, tampoco reunieron pruebas circunstanciales ni se ampliaron las investigaciones, la autoridad ministerial se conformó con la simple confesión y olvidó que la Constitución (20, B, II) y otros instrumentos internacionales como la Convención Americana de Derechos Humanos (8.2.g) prohíben la autoincriminación sin las debidas formalidades.

El sistema acusatorio adversarial es totalmente garantista, por ello, establece como un principio básico a favor de todo acusado el de presunción de inocencia y delega la carga de la prueba al ministerio público. Entonces, la solidez y éxito de un caso a presentar ante un tribunal de juicio oral, dependerá de la pericia de los fiscales en sustentar la acusación en pruebas irrefutables. Ésta cuestión no ocurrió en el caso de Rubí Marisol Fraire Escobedo, por la confesión del homicida se sabía la forma en que ocurrió el crimen pero no existían mayores pruebas de ello, y no existían no tanto porque no hubieran, sino que no fueron recabadas de acuerdo a un protocolo.

La novatez, estulticia y torpeza de la autoridad ministerial en su labor investigadora desencadenó una doble impunidad, del cual tampoco son ajenos los jueces.  Lo que conlleva a señalar la disparidad que existe entre los derechos de las víctimas y los inculpados, aunque estén reconocidos a nivel constitucional. No les falta razón a quienes afirman que este hecho constituye el colapso del sistema de justicia en Chihuahua, y Oaxaca no está lejos de ello.

Volver al sistema inquisitorio o tradicional de justicia penal no es posible, la reforma penal constitucional sigue la corriente jurídica garantista, cuyo máximo exponente es el italiano Luigi Ferrajoli, que parte del reconocimiento de los derechos fundamentales de los individuos y de su efectiva protección y tutela; ésta tendencia es la que también sigue el derecho internacional de los derechos humanos.

De haber seguido con el sistema inquisitorio o tradicional, estaría en prisión preventiva Sergio Barraza Bocanegra y Marisela Escobedo Ortiz viva. Sin embargo, el problema no es de modelos de justicia, sino de operadores de los sistemas de procuración y administración de justicia que no aplican a plenitud las reglas del procedimiento.

Mientras tanto, el injusto sistema de justicia deja en desamparo a la pequeña Heídi, hija de Rubí Marisol, y a los hermanos Juan Manuel y Eduardo Alejandro, hijos de la activista, por no proveerles justicia. Existe también una sociedad que clama justicia por este hecho y otros más que no son de interés mediático pero igual de abominables, y que ven en peligro la garantía de hacer exigibles sus derechos.

*Licenciado en Derecho por la UABJO. Diplomados en Derechos Humanos, en Derecho Procesal Constitucional, en el Sistema Acusatorio Adversarial y en Argumentación Jurídica. Participó en la 3ª sesión del Mecanismo de Expertos sobre Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU en Ginebra, Suiza, y en un Seminario sobre el Sistema Interamericano de Derechos Humanos organizado por la OEA en Costa Rica.

Acerca del Autor : Triquis Oaxaca